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SI ES JUBILADO/A NO PAGUE MÁS IMPUESTO A LAS GANANCIAS

SI YA LE HAN DESCONTADO RECLAME RETROACTIVO HASTA 5 AÑOS ATRÁS SOBRE LO DEDUCIDO

 

Los jubilados que sufren o sufrieron descuentos pueden pedir la inconstitucionalidad. Inicie su Reclamo Judicial.

 

La Corte Suprema resolvió que es inconstitucional que las jubilaciones y pensiones tributen el impuesto a las ganancias. Las jubilaciones no son ganancia y por lo tanto no pueden estar sujetas al impuesto.

  • La jubilación es un reintegro que recibe un trabajador luego de haber aportado durante no menos de 30 años para financiar su retiro de la actividad laboral.

  • No es una ganancia ni una contraprestación.

  • Además, en muchos casos esos salarios que recibió el trabajador durante 30 años estuvieron alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, lo que resultaría una doble imposición si el haber vuelve a sufrir descuentos por el mismo tributo.

  • En la Argentina, los fallos sólo tienen efecto sobre los jubilados que inician reclamo judicial. Si a Usted le descuentan o descontaron ganancias, está en condiciones de iniciar un reclamo para mejorar su jubilación.

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